SEGUROS ACCIDENTES PERSONALES

Protegete y protegé a tu personal con la seguridad y el respaldo de estar siempre cuidados.

Para trabajadores independientes no contemplados en la Ley de Riesgos de Trabajo.

  • Muerte accidental: Ampara el riesgo de fallecimiento del asegurado como consecuencia inmediata de un accidente cubierto producido dentro del horario y ámbito habituales de trabajo.
    Se indemnizará la Suma Asegurada contratada, reduciendo los porcentajes abonados anteriormente para la cobertura de Invalidez Total o Parcial permanente por accidente.
  • Invalidez total o parcial permanente por accidente: Se considera Invalidez Total cuando la disminución de la capacidad laborativa sea igual o superior al 66%, se abonará el 100% de la suma asegurada contratada. Cuando la invalidez sea menor al 66% se indemnizará el porcentaje de la suma asegurada resultante de la evaluación médica correspondiente.
  • Asistencia médica y farmacéutica: Se brinda al asegurado las atenciones que éste pudiera demandar en un accidente cubierto, a través de su red de prestadores en todo el país.
    Cobertura PRESTACIONAL. No se aplican franquicias ni deducibles. 
  • Gastos de Sepelio: Se brinda la prestación del servicio de sepelio, hasta el máximo de suma asegurada contratada, a través de su Red de Prestadores.

Para particulares que contraten tareas puntuales o quienes se dediquen a manejar servicios con personal eventual.

  • Muerte accidental: Ampara el riesgo de fallecimiento del asegurado como consecuencia inmediata de un accidente cubierto producido dentro del horario y ámbito habituales de trabajo. 
    Se indemnizará la Suma Asegurada contratada, reduciendo los porcentajes abonados anteriormente para la cobertura de Invalidez Total o Parcial permanente por accidente.
  • Invalidez total o parcial permanente por accidentes: Se considera Invalidez Total cuando la disminución de la capacidad laborativa sea igual o superior al 80%, se abonará el 100% de la suma asegurada contratada. Cuando la invalidez sea menor al 80% se indemnizará el porcentaje de la suma asegurada resultante de la evaluación médica según baremo SSN o tabla taxativa según Condiciones Generales.

Para trabajadores que por su actividad profesional o comercial, un accidente puede repercutir directamente en sus ingresos mensuales y en su economía personal y familiar.

  • Muerte accidental: Ampara el riesgo de fallecimiento del asegurado como consecuencia inmediata de un accidente cubierto durante las 24 hs. y en cualquier lugar del mundo. Se indemnizará la Suma Asegurada contratada, reduciendo los porcentajes abonados anteriormente para la cobertura de Invalidez Total o Parcial permanente por accidente.
    Cuando la Muerte sea causada por un accidente de tránsito se abonará un 20% adicional a la suma asegurada contratada. 
  • Invalidez total o parcial y permanente por accidente: Se considera Invalidez Total cuando la disminución de la capacidad laborativa sea igual o superior al 80%, se abonará el 100% de la suma asegurada contratada. Cuando la invalidez sea menor al 80% se indemnizará el porcentaje de la suma asegurada resultante de la evaluación médica según baremo SSN o tabla taxativa según Condiciones Generales.